COMITE INTERNACIONAL DE EMERGENCIA
Para Defender la Vida del Dr. Abimael Guzmán

RECLAMO PRESENTADO EN LAS NACIONES UNIDAS A NOMBRE DE ABIMAEL GUZMAN Y DE TODOS LOS PRISIONEROS POLÍTICOS DEL PERÚ

septiembre de 1998

Se ha dado un paso significativo en el caso legal del Dr. Abimael Guzmán y otros prisioneros políticos en el Perú. El 10 de enero de 1998, los abogados que representan al Dr. Abimael Guzmán-Leonard Weinglass y Peter Erlinder-sometieron dos peticiones al Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria.

Una de las peticiones es a nombre de Abimael Guzmán, la cual documenta como el trato recibido a manos de las autoridades Peruanas constituye un caso claro de detención arbitraria, según lo define el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria. La otra petición es a nombre de todos los prisioneros condenados bajo las leyes de anti-terrosimo y que están al presente detenidos en el Perú. Esta segunda petición documenta como las propias leyes y procedimientos establecidos bajo las leyes de anti-terrorismo del Perú son utilizadas para poner en efecto "legalmente" la denegación del debido proceso de ley y la práctica de detención arbitraria contra todos los que son arrestados bajo estas leyes. Dichas peticiones solicitan que el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas le recomiende al gobierno Peruano que se le restablezcan immediatamente sus derechos al Dr. Guzman y a todos los prisioneros condenados por "terrorismo" y "traición."

Estas peticiones le fueron sometidas al Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas con anterioridad a su viaje investigativo al Perú, que tuvo lugar a fines de enero y principios de febrero de este año. El mandato de este Grupo de Trabajo es investigar las prácticas jurídicas y legales que ocasionaron la detención de los prisioneros. Éste no investiga las condiciones en las cárceles sinó los procedimientos usados por las autoridades para encarcelar personas, y de este modo determinar si el derecho de los prisioneros a un juicio justo y al debido proceso está siendo respetado o si éstos prisioneros están siendo detenidos arbitrariamente por las autoridades gubernamentales. Mientras estuvieron en el Perú, los representantes del Grupo de Trabajo visitaron varias prisiones por todo el Perú y entrevistaron prisioneros condenados bajo las leyes anti-terroristas. Sin embargo, el gobierno no les permite ver al Dr. Abimael Guzmán. Se espera que el Grupo de Trabajo presente un informe sobre su visita al Perú. No obstante, al momento de escribirse este artículo, todavía no se han divulgado los resultados de la investigación.

Los documentos del caso, relacionados con la petición del Dr. Guzmán demuestran que este ha sido un caso clásico de detención arbitraria desde el día en que él fue arrestado, y que dicho trato es una flagrante violación de numerosas leyes internacionales. Desde el principio se le negó al Dr. Guzman acceso a su abogado y a tiempo y recursos adecuados para preparar su defensa. Fujimori ordenó pesonalmente que fuese juzgado por una corte militar "sin rostro", a pesar de que, de hecho, bajo las condiciones de la guerra anti-subversiva que lleva a cabo el ejército, no es posible que él reciba un juicio justo e imparcial en una corte militar. Durante su juicio nunca se le dió al Dr. Guzman la oportunidad de interrogar los testigos en su contra ni a defenderse en manera alguna. El juicio consistió casi exclusivamente del interrogatorio del Dr. Guzman sobre sus convicciones políticas. Hasta su abogado, el Dr. Alberto Crespo, fue fuertemente hostigado por las autoridades y eventualmente procesado y encarcelado bajo las mismas leyes usadas para procesar al Dr. Guzmán.

El cruel aislamiento en que se ha mantenido al Dr. Guzmán desde su juicio también constituye una violación flagrante de las leyes internacionales y es evidencia adicional del carácter arbitrario de su detención.

La petición a nombre de todos los prisioneros políticos del Perú declara que las leyes anti-terroristas han ocasionado detenciones arbitrarias en una escala masiva. El sistema de tribunales "sin rostro", en el que los acusados son enjuiciados en secreto frente a jueces encapuchados cuya identidad nunca es revelada, constituye numerosas violaciones a las leyes internacionales y han sido denunciadas por todas las principales organizaciones internacionales que trabajan en pro de los derechos humanos. El uso de jueces "sin rostro" fue eventualmente suspendido en octubre de 1997 respondiendo a presión internacional, pero no sin que antes miles de personas fueran enjuiciadas y encarceladas en las mazmorras del Perú-la mayoría de las cuales todavía permanecen encarceladas hoy. No se sabe claramente qué procedimientos está utilizando ahora el gobierno Peruano para enjuiciar a los acusados de terrorismo, pero aún se dan muchas injusticias en el sistema legal Peruano.

La petición declara:

"En esencia, las cortes y las prisiones han sido utilizadas por el gobierno como un modo de combatir e intentar derrotar su oposición política doméstica, bajo el pretexto de que una vez alguien es hallado culpable de 'terrorismo', cualquier denegación de derechos humanos se torna aceptable."

Por cuanto varias organizaciones de derechos humanos están demandando que el gobierno revise los casos de los prisioneros y haga una distinción entre aquellos prisioneros considerados "inocentes' y los considerados "culpables", la petición le encomienda al Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas que declare que los procedimientos contra todos los prisioneros convictos bajo las leyes anti-terroristas, han violado las leyes internacionales y que, por lo tanto, las convicciones de todos los prisioneros son ilegales.


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